La recién aprobada Ley 2/2023 de 20 de Febrero obliga a las Empresas, Partidos Políticos, Sindicatos, Administración Pública a habilitar un canal interno a través del cual cualquiera puede comunicar irregularidades y malas praxis mercantiles de manera confidencial y anónima.

Esta Ley es consecuencia de la Directiva Europea 2019/1937.

Nuestros compañeros de ATE, explican todos los detalles de esta obligación en su página web.

Se adjunta el texto íntegro de dicha consulta en la que se da respuesta a esta cuestión en la segunda de las planteadas.