Idea ,light bulbMuchas empresas desconocen que sus inversiones en materia medio ambiental pueden ser objeto de deducción fiscal y que además, la normativa es específica para cada Territorio Histórico.

ÁLAVA:  Norma Foral 37/2013, de 13 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades del Territorio Histórico de Álava (art. 65)

BIZKAIA: Norma Foral 11/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades del Territorio Histórico de Bizkaia (art.65)

GIPUZKOA: Norma Foral 2/2014, de 17 de enero, del Impuesto sobre Sociedades del Territorio Histótico de Gipuzkoa (art.65)

Deducciones fiscales del 15%

Se trata de una deducción del 15% de la cuota líquida por inversión en equipos que supongan la reducción y corrección del impacto contaminante.

Aunque la normativa es diferente para cada Territorio, en los 3 casos el procedimiento es similar; se debe conseguir un Certificado de Idoneidad Ambiental, que justifique que la inversión cumple los requisitos para posibilitar la deducción fiscal.

Dicho Certificado se solicita ante el Departamento de Medio Ambiente de cada Diputación Foral presentando una solicitud, acompañada de una memoria descriptiva. Desde BETEAN le ofrecemos asistencia para la preparación y tramitación de dicha solicitud.

Deberá tener en cuenta que el momento idóneo para hacer la solicitud será el mes de febrero, ya que los Departamentos de Medio Ambiente de las Diputaciones, pueden tardar del orden de 4-6 meses en resolver, a contar desde que se dispone de toda la documentación completa incluyéndose las respuestas a los posibles requerimientos de solicitud de documentación.

Deducciones fiscales del 30%

La deducción podrá ser del 30% si se trata de inversiones en equipos incluidos en el Listado Vasco de Tecnologías Limpias.

Esta deducción se recoge en el mismo sentido en los 3 Territorios y sus límites son los siguientes:

  • La deducción generada sola ó conjuntamente con otras deducciones definidas en la normativa, en cada ejercicio económico, no podrá exceder del 45% de la cuota líquida.
  • La limitación temporal en este caso es de 15 años inmediatos y sucesivos al de su generación.

Cómo le ayuda BETEAN

Nuestro equipo de asesores fiscales (a través de nuestro partner ATE Asesores) y de expertos en medio ambiente (a través de nuestro partner Inguru Ingeniería y Gestión Ambiental S.L.), le ofrece asistencia específica para este trabajo: 

  • Elaboración de un análisis de las inversiones ejecutadas en 2013 y en años previos
  • Información sobre el Listado Vasco de Tecnologías Limpias
  • Elaboración de la Solicitud del Certificado de Idoneidad Ambiental cuando proceda
  • Planificación de inversiones de 2014

No dude en contactarnos sin compromiso para poder analizar su caso particular.

San Sebastián (Gipuzkoa)
 Tfno: 943 289 211

Vitoria (Álava)
 Tfno: 945 150 270

 Bilbao (Vizcaya)
 Tfno.: 944 419 947

Pamplona (Navarra)
 Tfno.: 948 196 695Idea ,light bulbMuchas empresas desconocen que sus inversiones en materia medio ambiental pueden ser objeto de deducción fiscal y que además, la normativa es específica para cada Territorio Histórico.

ÁLAVA:  Norma Foral 37/2013, de 13 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades del Territorio Histórico de Álava (art. 65)

BIZKAIA: Norma Foral 11/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades del Territorio Histórico de Bizkaia (art.65)

GIPUZKOA: Norma Foral 2/2014, de 17 de enero, del Impuesto sobre Sociedades del Territorio Histótico de Gipuzkoa (art.65)

Deducciones fiscales del 15%

Se trata de una deducción del 15% de la cuota líquida por inversión en equipos que supongan la reducción y corrección del impacto contaminante.

Aunque la normativa es diferente para cada Territorio, en los 3 casos el procedimiento es similar; se debe conseguir un Certificado de Idoneidad Ambiental, que justifique que la inversión cumple los requisitos para posibilitar la deducción fiscal.

Dicho Certificado se solicita ante el Departamento de Medio Ambiente de cada Diputación Foral presentando una solicitud, acompañada de una memoria descriptiva. Desde BETEAN le ofrecemos asistencia para la preparación y tramitación de dicha solicitud.

Deberá tener en cuenta que el momento idóneo para hacer la solicitud será el mes de febrero, ya que los Departamentos de Medio Ambiente de las Diputaciones, pueden tardar del orden de 4-6 meses en resolver, a contar desde que se dispone de toda la documentación completa incluyéndose las respuestas a los posibles requerimientos de solicitud de documentación.

Deducciones fiscales del 30%

La deducción podrá ser del 30% si se trata de inversiones en equipos incluidos en el Listado Vasco de Tecnologías Limpias.

Esta deducción se recoge en el mismo sentido en los 3 Territorios y sus límites son los siguientes:

  • La deducción generada sola ó conjuntamente con otras deducciones definidas en la normativa, en cada ejercicio económico, no podrá exceder del 45% de la cuota líquida.
  • La limitación temporal en este caso es de 15 años inmediatos y sucesivos al de su generación.

Cómo le ayuda BETEAN

Nuestro equipo de asesores fiscales (a través de nuestro partner ATE Asesores) y de expertos en medio ambiente (a través de nuestro partner Inguru Ingeniería y Gestión Ambiental S.L.), le ofrece asistencia específica para este trabajo: 

  • Elaboración de un análisis de las inversiones ejecutadas en 2013 y en años previos
  • Información sobre el Listado Vasco de Tecnologías Limpias
  • Elaboración de la Solicitud del Certificado de Idoneidad Ambiental cuando proceda
  • Planificación de inversiones de 2014

No dude en contactarnos sin compromiso para poder analizar su caso particular.

San Sebastián (Gipuzkoa)
 Tfno: 943 289 211

Vitoria (Álava)
 Tfno: 945 150 270

 Bilbao (Vizcaya)
 Tfno.: 944 419 947

Pamplona (Navarra)
 Tfno.: 948 196 695