Desde Betean le informamos de que ha cambiado la normativa respecto a fundaciones y la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco establecen nuevos supuestos en los que estas entidades deberán someterse a auditoría.

Según esta nueva normativa se someterán a auditoría externa las cuentas anuales de las fundaciones que incurran durante dos años consecutivos al menos en dos de los siguientes supuestos:

1. Que el total de las partidas del activo del balance sea superior a 2.400.000 €
2. Que el volumen de actividades gestionadas por la fundación sea superior a 2.400.000 €, entendiendo por tal la suma de los ingresos de la actividad propia y las ventas y otros ingresos de la actividad mercantil que figuren en la cuenta de resultados de la fundación.
3. Que realice por sí misma actividades empresariales o cuente con una participación superior al 5% en cualquier sociedad que tenga limitada la responsabilidad de sus socios.
4. Que el número medio de personas trabajadoras empleadas durante el ejercicio económico sea superior a 50.
5. Que durante el ejercicio económico se hayan llevado a cabo actos de disposición o de gravamen, previstos en el artículo 26 de la presente ley, sobre bienes y derechos de la fundación, cuyo importe sea superior al 30% del activo no corriente de la misma, resultado del último balance anual aprobado.
6. Que el valor de los títulos representativos de la participación de la fundación en sociedades mercantiles sea superior al 50% del valor total del activo del balance.
7. Que al menos el 50% del valor total de las partidas del activo del balance de la fundación proceda o haya sido aportado por instituciones públicas.
8. Que el precio del contrato o contratos a que se refiere el artículo 35 de esta ley suponga más del 15% de los gastos totales del ejercicio.

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Asier Martínez de Lahidalga
asier@betean.com