Seguimos con información de interés para aquellas personas con intereses en México. En este caso, proporcionamos información general en relación con el cumplimiento de algunas de las obligaciones fiscales que tienen las personas físicas en México, para el ejercicio fiscal de 2015.
De acuerdo con la Ley del Impuesto sobre la Renta están obligadas al pago del impuesto sobre la renta en México, entre otros, las personas físicas residentes para efectos fiscales en este país que obtengan ingresos en efectivo, en bienes, en crédito, en servicios, o de cualquier otro tipo, obtenidos ya sea en México o en el extranjero.
Por su parte, de acuerdo con el artículo 150 de la LISR, las personas físicas que obtengan ingresos (excepto ingresos exentos y sobre los que se haya realizado una retención definitiva) en un año de calendario están obligadas al pago del impuesto sobre la renta anual mediante declaración que debe presentarse a más tardar el 30 de abril del año siguiente al que generaron los citados ingresos. En el caso del ejercicio fiscal de 2015, la fecha límite sería el 30 de abril de 2016, sin embargo, al ser un día inhábil, se podrá presentar dicha declaración anual a más tardar el lunes 02 de mayo de 2016, de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación.
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Seguimos con información de interés para aquellas personas con intereses en México. En este caso, proporcionamos información general en relación con el cumplimiento de algunas de las obligaciones fiscales que tienen las personas físicas en México, para el ejercicio fiscal de 2015.
De acuerdo con la Ley del Impuesto sobre la Renta están obligadas al pago del impuesto sobre la renta en México, entre otros, las personas físicas residentes para efectos fiscales en este país que obtengan ingresos en efectivo, en bienes, en crédito, en servicios, o de cualquier otro tipo, obtenidos ya sea en México o en el extranjero.
Por su parte, de acuerdo con el artículo 150 de la LISR, las personas físicas que obtengan ingresos (excepto ingresos exentos y sobre los que se haya realizado una retención definitiva) en un año de calendario están obligadas al pago del impuesto sobre la renta anual mediante declaración que debe presentarse a más tardar el 30 de abril del año siguiente al que generaron los citados ingresos. En el caso del ejercicio fiscal de 2015, la fecha límite sería el 30 de abril de 2016, sin embargo, al ser un día inhábil, se podrá presentar dicha declaración anual a más tardar el lunes 02 de mayo de 2016, de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación.